El Ayuntamiento de Barcelona, mediante el Consejo Municipal de Inmigración de Barcelona (CMIB), convoca el Premio CMIB con el objetivo de reconocer públicamente la labor de entidades, proyectos o personas que contribuyan a la inclusión efectiva de las personas procedentes de orígenes y contextos culturales diversos en todos los ámbitos de la vida ciudadana de Barcelona. Este premio quiere destacar iniciativas que contribuyan a la construcción de una ciudad más justa, cohesionada e intercultural, mediante acciones que promuevan la igualdad de derechos, la convivencia y la participación activa de la diversidad cultural presente en Barcelona. La convocatoria del Premio CMIB para el año 2025 se dedica a la temática "Salud y bienestar emocional en clave intercultural". Esta temática responde a la necesidad de visibilizar y abordar las múltiples afectaciones que el hecho migratorio puede tener sobre la salud física y emocional de las personas de orígenes diversos, así como la importancia de los proyectos de salud comunitaria para prevenir y tratar estas afectaciones. Pueden presentar un proyecto al Premio del CMIB: Las personas físicas empadronadas en la ciudad de Barcelona en el momento de presentar la solicitud. Los grupos, las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con sede social en Barcelona. Las entidades o grupos con delegación en Barcelona, siempre que desarrollen actividad en la ciudad. Las personas físicas, grupos o entidades que, aunque no tengan sede ni delegación en la ciudad, acrediten que sus proyectos tienen un impacto directo en la población barcelonina. También se podrá conceder una mención especial que tenga por objeto reconocer públicamente una entidad miembro del CMIB que, durante el último año, haya destacado por alguno de los motivos siguientes: a) Por su participación activa en las actividades y los grupos de trabajo del Consejo. b) Por la realización de acciones o actividades en colaboración con otras entidades del Consejo. c) Por su contribución a fomentar un buen clima de trabajo y entendimiento entre las entidades miembros. Para los sujetos obligados del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, es decir, entidades, asociaciones y grupos, es obligatorio presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (http://www.bcn.cat/tramits), siguiendo las instrucciones indicadas en este portal de trámites. En caso de presentación presencial, por parte de personas físicas individuales, al registro de las oficinas de atención ciudadana (OAC) hay que pedir cita previa a través de la página web http://ajuntament.barcelona.cat/cita, llamando al 010 o a través del móvil (app Barcelona a la Butxaca).